El pasado 9 de mayo se publicó en el Diario Oficial de Castilla La Mancha la Resolución de 28-04-2017 por la que se publican los créditos disponibles en el ejercicio 2017, para la concesión de ayudas para fomentar la contratación de las personas con discapacidad que se regula en el Decreto 35/2016 de 27 de julio.
Básicamente dichas ayudas se articulan en dos líneas.
Líneas de ayuda.
Línea I. Ayudas para la contratación indefinida y transformación de contratos de personas con discapacidad
Línea II. Ayudas para la adaptación a puestos de trabajo de personas con discapacidad
Beneficiarios.
Requisitos y Obligaciones Específicas
Línea I. Subvenciones a las contrataciones iniciales.
Los trabajadores con discapacidad deberán estar inscritos como demandantes de empleo, no ocupados, en la Oficina de Empleo.
La entidad, con anterioridad a la contratación deberá solicitar el trabajador con discapacidad en la correspondiente Oficina de Empleo con el documento de oferta de empleo describiendo el puesto a cubrir.
El contrato se formalizará por escrito
Línea I. Subvenciones a las trasformaciones en indefinidos de contratos temporales de fomento de empleo de personas discapacitadas y transformación de los contratos formativos que en el momento de la transformación ostenten la condición de personas con discapacidad.
La transformación deberá realizarse durante la vigencia de los contratos o sus prorrogas.
En caso de contratos a tiempo completo, la transformación será también a tiempo completo.
En contratos a tiempo parcial, la jornada del nuevo contrato indefinido será igual o superior a la del contrato que se transforma.
Línea II. Ayudas para la adaptación a puestos de trabajo de personas con discapacidad.
Se podrá subvencionar la contratación de personas con discapacidad, mediante la modalidad de contrato indefinido, temporal de fomento del empleo, o siempre que su duración sea igual o superior a 12 meses en contratos formativos, con ayudas destinadas a la adaptación de los puestos de trabajo o dotación de equipos de protección individual o para eliminar barreras u obstáculos que impidan o dificulten el trabajo de la persona discapacitada contratada.
Requisitos y Obligaciones Generales
Que el puesto de trabajo se genere en el territorio de Castilla-La Mancha.
Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como encontrase al corriente en el pago.
No estar incurso en los supuestos de incompatibilidades que contempla la ley 11/2003 del Gobierno y Consejo Consultivo de CLM.
Contar con un Plan de Prevención de Riesgos Laborales.
No haber sido sancionados por infracción grave o muy grave en materia de Prevención de Riesgos.
Mantener el puesto de trabajo por un periodo mínimo de 3 años desde la fecha de inicio de la contratación o transformación en la línea I.
Mantener el destino de los bienes subvencionados para la adaptación de los puestos de trabajo o dotación de los equipos de protección individual o para eliminar barreras durante un tiempo mínimo de 12 meses a partir de la fecha notificación de la concesión de la ayuda para la línea II.
Plazo y forma de presentación.
El plazo de solicitudes comenzara el día siguiente al de la publicación en el DOCLM, hasta el 15 de noviembre de 2017.
Y las contrataciones subvencionables serán las que se hayan producido entre el 1 de noviembre de 2016 y el 31 de octubre de 2017, ambos inclusive.
Las solicitudes se presentaran únicamente de forma telemática con firma electrónica https://www.jccm.es
Cuantía de las ayudas.
Línea I: para la contratación indefinida y transformación de contratos de personas con discapacidad consistirán en una subvención de 4.000 euros por cada contrato celebrado a tiempo completo, que se podrá incrementar con una de las siguientes ayudas adicionales:
1.- Que la Oficina de Empleo participe en la intermediación.
2.- Que el contrato indefinido represente el primer contrato indefinido de dicha entidad.
1.- Que se realice con persona con parálisis cerebral, enfermedad mental o con una discapacidad intelectual igual o superior al 33%.
2.- Que se realice con personas con discapacidad física o sensorial, con un grado igual o superior al 65%.
3.- Que se realice con personas con discapacidad tenga edad igual o mayor a 45 años.
Cuando el contrato indefinido se concierte a tiempo parcial, las cuantías anteriores se reducirán proporcionalmente a la jornada pactada.
Línea II: las ayudas para la adaptación a puestos de trabajo consistirán en una subvención, como máximo, de 901,52 euros por contrato.
Concesión y Pago.
Los pagos se realizarán de una sola vez junto con la resolución de la concesión.
La presente circular no deja de ser un resumen la norma reguladora, con lo cual todo el contenido de la misma puede tener matices, por lo que se aconseja revisar y leerse la propia norma.