En la Orden ESS 41/2015, la cual modifica a la Orden ESS/2518/2013, en la que se regulan los aspectos formativos del contrato de formación y aprendizaje se recoge una modificación: nueva bonificación adicional por tutorización para la empresa por contrato de formación.
Con la entrada en funcionamiento de la Teleformación es cuando se está comenzando a aplicar, puesto que solamente se puede disfrutar cuando el contrato de formación está vinculado a un Certificado de Profesionalidad, es decir, contratos formalizados con el Anexo I.
¿En qué consiste la nueva bonificación por tutorización del contrato de formación?
La empresa podrá aplicar una bonificación adicional mensual, durante toda la vigencia del contrato de formación en la modalidad de Teleformación. La cuantía de la bonificación variará en función del volumen de plantilla:
El total de horas a indicar y coste por hora de tutorización se deberá contemplar de la siguiente manera:
Menos de 5 trabajadores:
De 5 o más trabajadores:
No existe límite establecido para esta bonificación adicional, cada empresa podrá aplicarla por cada trabajador con contrato de formación vinculado a Certificado de Profesionalidad que realice, desde el primer mes, durante toda la vigencia del contrato.
¿Cómo realizar la bonificación adicional por tutorización para el contrato de formación?
¿Qué modificaciones debe incluir mi fichero FAN para esta nueva bonificación?
Se crea una nueva clave de compensación /deducción CD33 “Bonificación tutorías”.
Si la modalidad que se usa es el Sistema de Liquidación Directa:
Cuando se trate de un usuario de RED Directo podrán informar del número de horas de tutoría y del importe que corresponda bonificar en las casillas específicas que ya están habilitadas: Importe Tutoría y Número Horas Tutoría.