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Subvención de hasta 3.940 euros por contratos en formación en la Comunidad de Madrid

Escrito por Atperson formación | Nov 30, 2020 7:00:16 AM

Ayuda sujeta a Régimen de minimis, para la Contratación de formación y aprendizaje a jornada completa de jóvenes inscritos como beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, para el desempeño en régimen de alternancia de actividad laboral con actividad formativa, recibida en el marco del sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo financiado por el Programa cofinanciado en un porcentaje máximo de 91,89% por el FSE y la Iniciativa de Empleo Juvenil, dentro del período de programación 2014-2020.

 

Requisitos

  • Tener entre 16 y 24 años, ambos inclusive. Si el contrato se concierta con personas con discapacidad o que pertenecen a colectivos en situación de exclusión social, no existe límite de edad.
  • Tener residencia en la Comunidad de Madrid y poder acreditarlo.
  • Estar inscrito como beneficiario del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
  • Debe carecer de la cualificación profesional reconocida bajo la que se contrata para el puesto de trabajo.

 

El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad ni con los colectivos en situación de exclusión social previstos en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción, en los casos en que sean contratados por parte de empresas de inserción que estén cualificadas y activas en el registro administrativo correspondiente". (Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores

 

Cuantía de las ayudas

2.940 € cada contrato en formación y aprendizaje a tiempo completo por los seis primeros meses del contrato sin perjuicio de la duración que para estos contratos establezca la normativa laboral de aplicación.

 

Si el contrato se formaliza con un joven, que cumpliendo los requisitos para formalizar este tipo de contrato, hubiera sido despedido a partir de la declaración del estado de alarma, en virtud del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por causa de fuerza mayor o por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción, previstas en los artículos 51 y 52.c) del texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, el importe de la subvención será de 3.440€.

 

Se incrementará en 500 € en el caso de que la persona contratada sea mujer o pertenezca al colectivo de personas Trans.

 

Tramite

Las solicitudes deberán presentarse en el plazo máximo de un mes desde la fecha de alta del trabajador en el régimen correspondiente de la Seguridad Social, se realizará exclusivamente por medios electrónicos, a través de internet. Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.

 

Plazo

INDEFINIDO