El Salario Mínimo Interprofesional 2020 entra en vigor con alguna sorpresa para los contratos temporales.
El Real Decreto 231/2020, publicado el día 5 de febrero en el BOE, entra en vigor con efecto retroactivo, desde el 1 de enero.
Se confirma la subida del Salario Mínimo Interprofesional a 950 euros.
Recordamos que a finales de año fue necesario publicar de urgencia el Real Decreto Ley 18/2019, que prorrogó el SMI de 2019 hasta que se formara Gobierno.
Tras reunirse con los representantes de los diferentes agentes sociales, Yolanda Díaz ha confirmó la cifra definitiva, que ahora ya es oficial.
El salario mínimo interprofesional quedaría, por tanto, de la siguiente manera:
El cómputo anual del SMI no podrá ser inferior a 13.300 euros. Los 950 € mensuales, si tenemos en cuenta que se deben aplicar en base a 14 pagas, si éstas se prorratean en 12 meses, daría como resultado un salario de 1.108,33 euros brutos al mes.
Para confeccionar la nómina del contrato de formación deberíamos tener en cuenta la siguiente normativa:
En cuanto a los Seguros Sociales del contrato de formación, la cuantía para 2020 es de 134,16 € (todavía no hay novedades, pero es posible que se incrementen en las próximas semanas).
Destacar que los seguros sociales están bonificados al 100% normalmente (75% si la empresa tiene más de 250 trabajadores), por lo que la empresa no tendría que pagar seguros sociales de dicho trabajador durante toda la vigencia del contrato.
Esperamos que esta información sea de ayuda. ¿Tienes alguna duda sobre el contrato de formación? Llámanos sin compromiso al 900 80 24 18 y te explicaremos lo que necesites.