A partir del 2 de octubre es obligatorio el uso de la Firma Digital para cualquier comunicación con la Administración Pública.
Con efectos desde el 2 de octubre de 2016, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece el uso de medios electrónicos como único medio para relacionarse con las Administraciones Públicas (entre las que se encuentra Hacienda), afectando a todas las personas jurídicas, a las entidades sin personalidad jurídica y profesionales con obligación de colegiación.
Esta medida afecta, entre otros, a Sociedades Anónimas, Sociedades de Responsabilidad Limitada, Cooperativas, Fundaciones, Asociaciones, Sociedades Civiles, Comunidades de Bienes, Comunidades de Propietarios, herencias yacentes.
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