Publicada convocatoria para acreditación de competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral

Publicado por: Atperson formación on Jun 14, 2019 11:05:10 AM

La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha publicó ayer 13 de junio de 2019 la convocatoria  para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.

Esto quiere decir que las personas que tengan experiencia laboral en un sector concreto, podrán acreditar esa experiencia para poder obtener una cualificación profesional equivalente a un certificado de profesionalidad, es decir, podrás homologar su experiencia laboral por una titulación oficial.

Las unidades de competencia que se convocan, están incluidas en las cualificaciones profesionales que se
indican en los siguientes apartados:

  • SEA029_2. Vigilancia y Seguridad Privada: 1.700 plazas
  • SAN122_2 - Atención sanitaria a múltiples víctimas y catástrofes (300 plazas)

Para las siguientes cualificaciones no se establece número de plazas:

  • SEA595_2 Operaciones de vigilancia y extinción de incendios forestales y apoyo a contingencias en el medio natural
    y rural.
  • AGA345_2 Repoblaciones forestales y tratamientos silvícolas.
  • SSC567_3 Información juvenil
  • ELE257_2. Montaje y mantenimiento de instalaciones eléctricas de baja tensión.
  • ENA472_2. Montaje, puesta en servicio, mantenimiento, inspección y revisión de instalaciones receptoras y aparatos
    de gas.
  • IMA367_1. Operaciones de fontanería y calefacción-climatización doméstica.
  • IMA040_2: Montaje y mantenimiento de instalaciones frigoríficas.
  • IMA568_2 Instalación y mantenimiento de ascensores y otros equipos fijos de elevación y transporte
  • FME558_2: Fabricación de elementos aeroespaciales con materiales compuestos.
  • FME559_2 Montaje de estructuras e instalación de sistemas y equipos de aeronaves.
  • SEA028_2: Servicios para el control de plagas.
  • SEA251_3: Gestión de servicios para el control de organismos nocivos.
  • SSC320_2 Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales.
  • SSC089_2 Atención sociosanitaria a personas en el domicilio.

Se garantizará un servicio abierto y permanente que facilite información y orientación a todas las personas que la soliciten, sobre la naturaleza y las fases del procedimiento, el acceso al mismo, sus derechos y obligaciones, las acreditaciones oficiales que pueden obtener y los efectos de las mismas. Esta información y orientación facilitará que las personas puedan tomar una decisión fundamentada sobre su participación en el procedimiento, así como, en su caso, el acompañamiento necesario en el inicio y desarrollo del mismo.

El plazo de presentación es hasta el 13 de Julio de 2019 para las cualificaciones SEA029_2. Vigilancia y Seguridad Privada y SAN122_2 - Atención sanitaria a múltiples víctimas y catástrofes.

El plazo de presentación es hasta el 31 de Diciembre de 2019 para el resto de cualificaciones.

Las solicitudes se presentarán a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de
la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha https://www.jcualquierccm.es utilizando el certificado electrónico o en el registro de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, en sus Direcciones provinciales.

Las tasas son las siguientes:

  • Tarifa 1. Fase de asesoramiento: 24,97 euros.
  • Tarifa 2. Fase de evaluación (por cada unidad de competencia): 12,48 euros.

Dichas tasas se abonarán realizando un ingreso mediante el modelo 046 que se podrá cumplimentar en el portal
tributario de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, en la siguiente dirección: http://tributos.jccm.es/
(cumplimentación y pago de tasas, precios públicos y otros ingresos).

Estarán exentas del pago de las tasas citadas, las personas que se encuentren en situación legal de desempleo,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 89 bis de la Ley 9/2012, de 29 de noviembre.

Si el número de solicitudes admitidas fuera superior al número de plazas convocadas, el órgano instructor aplicará
el siguiente baremo para la selección de las personas candidatas:

  • Experiencia Profesional.
    • Por cada año de experiencia laboral en ocupación o puesto de trabajo en el que se desarrollen las funciones
      propias de las unidades de competencia a reconocer: 2 puntos.
    • Para períodos inferiores al año, por cada mes de experiencia certificada: 0,16 puntos.
  • Formación.
    • Por cada 10 horas de formación no formal, incluidas las prácticas no laborales: 0,05 puntos. No se tendrán en cuenta
      certificaciones o diplomas inferiores a 10 horas.
  • Por tener acreditada la condición de mujer víctima de violencia de género, en los términos de la Ley Orgánica
    1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, se otorgará a la
    persona solicitante 1 punto. Dicha puntuación se sumará a la obtenida en el párrafo b) (formación).

La puntuación final se obtendrá por la suma de cada uno de los apartados baremados.

Requisitos:

  • Poseer la nacionalidad española, haber obtenido el certificado de registro de ciudadanía comunitaria o la tarjeta
    de familiar de ciudadano o ciudadana de la Unión, o ser titular de una autorización de residencia, o de residencia y
    trabajo en España en vigor, en los términos establecidos en la normativa española de extranjería e inmigración. Este
    requisito debe mantenerse hasta el final del proceso.
  • Tener 20 años cumplidos en el momento de realizar la inscripción, salvo para las unidades de competencia de
    nivel I, incluidas en la cualificación profesional IMA367_1, para las que se requerirá tener 18 años cumplidos en el
    momento de realizar la inscripción.
  • Tener experiencia laboral y/o formación relacionada con las competencias profesionales que se quieren acreditar,
    con la siguiente duración mínima:
    • En el caso de experiencia laboral, se deberá justificar, al menos 3 años, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas
      en total, en los últimos 10 años transcurridos antes de realizarse la convocatoria, salvo para las unidades de
      competencia de nivel I, incluidas en la cualificación profesional IMA367_1, para la que se requerirán 2 años de
      experiencia laboral con un mínimo de 1.200 horas trabajadas en total.
    • En el caso de formación se deberán justificar, al menos, 300 horas en los últimos 10 años transcurridos antes de
      realizarse la convocatoria, salvo para las unidades de competencia de nivel I incluidas en la cualificación profesional
      IMA367_1, para la que se requerirán al menos 200 horas. Si los módulos formativos asociados a la unidad de
      competencia que se pretende acreditar contemplan una duración inferior, se deberán acreditar las horas establecidas
      en dichos módulos.
  • Haber adquirido experiencia profesional relacionada con las unidades de competencia incluidas en las
    cualificaciones objeto de la presente convocatoria, de forma total o parcial, en puestos de trabajo ubicados en
    Castilla-La Mancha antes de realizarse la convocatoria.

Exclusiones: No podrán participar en el procedimiento de evaluación y acreditación, las personas que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:

  • Que estén en posesión de un título de formación profesional o certificado de profesionalidad que contenga la
    unidad de competencia cuya acreditación se pretende, o de sus equivalentes.
  • Que estén en posesión de la acreditación parcial de la/s unidad/es que solicita.
  • Que estén matriculadas, o realizando o hayan realizado con evaluación positiva, formación profesional para el
    empleo conducente a la acreditación de las unidades de competencia en que soliciten su participación.
  • Que estén participando en un procedimiento de reconocimiento de competencias por la experiencia laboral en
    unidades de competencia coincidentes con las convocadas mediante la presente orden.

Para más información revisar los anexos de la Orden 91/2019, de 29 de mayo.

 

 

Temas: Actualidad, Formación, Empleo

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